Que es un dictamente se seguridad estructural

México es un país de alto riesgo sísmico, y hay estados como Guerrero, Oaxaca, Chiapas y la CDMX que son más proclives a sufrir algún siniestro, por lo cual las autoridades gubernamentales han solicitado que se lleven a cabo algunas evaluaciones a las edificaciones para prevenir afectaciones por la ocurrencia de sismos como los del 2017. Una de estas evaluaciones es el Dictamen de Seguridad Estructural.

¿De qué se trata?

El dictamen estructural es el conjunto de resultados relacionados con la evaluación de daños, inspección estructural de alguna construcción.

De acuerdo con el Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la CDMX, estas evaluaciones del inmueble consisten en una revisión del interior, como del exterior de la construcción con el objetivo de evaluar sus condiciones físicas.

Previo a la revisión, se deben verificar los planos estructurales, memoria de cálculo, la mecánica de suelos y constancias de dictámenes de seguridad hechos con anterioridad. Todos estos datos técnicos y fotográficos se registran y recopilan para analizarlos en conjunto y determinar la condición actual del inmueble.

En caso de sismo se lleva a cabo una inspección ocular que consiste en una visita al inmueble en la que se revisa el comportamiento de la construcción, sus asentamientos diferenciales, cimentación y cada elemento estructural para evaluar posibles daños.

Un dictamen de seguridad estructural es muy importante para prevenir riesgos.

¿Cómo es el dictamen?

El documento técnico gratuito es emitido por el Director Responsable de la Obra (DRO) o un corresponsal de Seguridad Estructural, quien determina si la vivienda o edificio está en condiciones de ser ocupado o no, el nivel de riesgo en el que se encuentra e indica las recomendaciones que se deben llevar a cabo como el abandono del lugar o reparaciones que se deben hacer; según sea el caso.

En el dictamen se tiene que describir lo siguiente:

☑ Revisión de las características estructurales
☑ Posibles anomalías
☑ Deformaciones
☑ Daños post-sísmicos
☑ Asentamientos naturales o afectaciones causadas por el tiempo en el inmueble, así como cubiertas en patios, bardas perimetrales, instalaciones o cualquier elemento que pueda poner en riesgo la integridad física de quienes habitan ahí.

La Constancia de Seguridad Estructural es un trámite que se registra en la alcaldía donde se ubica el inmueble y tiene una vigencia de 5 años que se renueva cada vez que hay un sismo mayor a 6 grados, o cuando lo determine la autoridad.

¿Cuándo caduca un extintor?.. en México

¿Cuándo caduca un extintor?.. en México

Cómo cualquier otro artículo prefabricado, los extintores tienen fecha de caducidad. Conocerla es de suma importancia, pues que esté dentro del periodo recomendado de empleo, es garantía de efectividad a la hora de tener que usarlo para combatir un conato de incendio.

La fecha o periodo de caducidad debe quedar bien patente en la etiqueta o grabado del extintor, para que pueda ser consultada cuando se precise. Nunca es recomendable utilizar un extintor cuya fecha de caducidad haya cumplido, pues está en juego nuestra propia seguridad. Veamos qué dice la normativa de extintores de México al respecto.


Duración o caducidad de un extintor

Aunque según el modelo y el fabricante puede variar, se estima que la media de tiempo en la que un extintor se puede usar bajo garantía segura ronda los 15 años. En todo caso, y si nuestro extintor no es de reciente adquisición, para asegurarnos de que funcionará correctamente:

  • Chequee el manómetro mensualmente. Si la aguja está en la zona verde, aún es funcional. Si se encuentra en cualquier otra parte, entonces es mejor que lo lleve a una empresa especializada en el mantenimiento de extintores o que lo reemplace.
  • Si tiene un equipo más antiguo, que no cuenta con manómetro, entonces lo mejor será que lo revise un técnico especializado.

REUTILIZAR O REEMPLAZAR

Siempre que un extintor presente anomalías, deberíamos plantearnos la posibilidad de sustituirlo por completo o, al menos, reparar los desperfectos detectados. En esta lista le damos algunos detalles de defectos a considerar:

  • La manguera o boquilla están rotas, rajadas o bloqueadas con restos de producto.
  • Falta el pasador de bloqueo en el mango, o si no posee el sello de garantía de calidad.
  • El mango está roto o es inestable.
  • Si no tiene la etiqueta con el calendario de inspecciones y mantenimientos.
  • La carcasa está agrietada o dañada.

Si su reparación es factible y las partes dañadas pueden ser reemplazadas, entonces podemos optar por la reutilización. En caso contrario, habrá que pensar en adquirir un nuevo extintor.

En GGC Consultores contamos con el quipo necesario para tu plan de protección civil así como extintores certificados consulta con uno de nuestros asesores

¿Qué hace un asesor en seguridad e higiene?

Seguridad y Higiene en el Trabajo CDMX / Edo Méx

EL profesional en Higiene y Seguridad en el Trabajo supervisa el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el establecimiento facilitando la implementación de las medidas preventivas que correspondan.

Para poder desempeñar su función el Profesional Asesor Externo en Higiene y Seguridad  debe  tiene:

  • Poseer conocimientos de los procesos tecnológicos, ya que sólo a partir de éstos
  • Analiza los riesgos inherentes a cada etapa de los mismos
  • Estudiar las medidas preventivas a adoptar

Precisamente de este carácter técnico y prevencionista de los asesores de GRANGER pueden puede ser un diferenciador y disminuir la incertidumbre y mejorar el bienestar significativo entre los trabajadores. Pide tu programa personalizado de Seguridad e Higiene

Como se registra del tercer acreditado en cdmx

Requisitos Generales

  • Escrito solicitud dirigido al Director General de Prevención, especificando el nivel solicitado, así como las materias de capacitación (especificando las adicionales, para el caso de solicitar alguna) incluyendo domicilio para oír y recibir notificaciones, teléfono de contacto e imail; así como establecer el nombre de la o las personas que se autoricen para oír y recibir notificaciones, presentando una copia de una identificación.
  • Llenado del formato TSPC_SRT_1
  • Cartas descriptivas por cada materia de capacitación, conforme lo establecido en la Norma Técnica Complementaria que establece los Lineamientos de Capacitación para Brigadas en Materia de Protección Civil, asimismo deberán contener:
    • Nombre completo del curso a impartir
    • Objetivo General del curso
    • Objetivos Específicos
    • Contenido Temático
    • Duración total expresada en horas y sesiones
    • Material de Apoyo
    • Material de Apoyo
    • Universo que se atenderá
    • Perfil mínimo del aspirante
  • Comprobante de domicilio (ubicado dentro de la Ciudad de México, no mayor a 3 meses) :
    • Boleta de Impuesto Predial
    • Recibo de Servicio de Luz
    • Boleta de Servicio de Agua
    • Estado de Cuenta de Servicio Telefónico
  • Carta bajo Protesta de Decir Verdad de no ser Funcionario Público y no haberlo sido en el año inmediato anterior.
  • Copia simple de Identificación Oficial:
    • Credencial para Votar
    • Cédula Profesional
    • Pasaporte
  • Copia simple de RFC.
  • Comprobante de último grado de estudios.
  • Currículum Vitae actualizado.
  • Copia simple del CURP.
  • Carta conocimiento y compromiso de lo establecido en el Art. 111 de la LSPCDF.
  • Autorización expresa de publicación de datos.
  • Copia simple del Diploma o Constancia a expedir; el cual deberá contener nombre completo, domicilio y teléfono del capacitador; no deberá aparecer sello, logotipo o insignia perteneciente a Instituciones Oficiales.

Requisitos Específicos

PRIMER NIVEL.

  • Contar con constancias que comprueben:
    • – Curso de Formación de Instructores
    • – Curso de Relaciones Humanas
  • Manuales del Participante y Guías del Instructor debidamente registrados ante INDAUTOR (Especificar el nombre de las materias que se registran, incluyendo adicionales).
  • Inventario de Recursos Materiales.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 3 años de experiencia.

SEGUNDO NIVEL.

  • Todos los requisitos establecidos para el Primer Nivel.
  • Presentar 3 Programas Internos en CD, con las acreditaciones impresas.
  • Comprobar conocimientos en la materia de Análisis e Implementación de Normas.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 5 años de experiencia.

TERCER NIVEL.

  • Todos los requisitos establecidos para el Primer y Segundo Nivel.
  • Comprobar conocimientos en la materia de Administración de Emergencias.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 7 años de experiencia

CUARTO NIVEL.

  • Todos los requisitos establecidos para el Primer, Segundo y Tercer Nivel.
  • Comprobar conocimientos en las materias de:
    • – Administración
    • – Planeación Estratégica
    • – Administración de Emergencias y Desastres
    • – Manejo de Crisis
    • – Conocimientos Normativos
  • Realizar Plan o Programa para realizar Programa Interno de Protección Civil.
  • Realizar Plan o Programa para realizar Programa Especial de Protección Civil.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 10 años de experiencia

QUINTO NIVEL.

  • Todos los requisitos establecidos para el Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Nivel.
  • Cédula Profesional.
  • Especialización o Posgrado en el tipo de riesgo al que se dedicará.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 10 años de experiencia

Personas Morales

  • Cubrir los requisitos establecidos para cada Nivel.
  • Copia Certificada de:
    • 1) Poder Notarial
    • 2) Acta Constitutiva, siendo el objeto la Protección Civil o estar vinculado a la materia
  • El Representante Legal deberá contar con Registro Vigente de la Secretaría del Trabajo y Previsión social como Instructor Independiente.
  • Presentar Padrón de Terceros Acreditados que cuenten con Registro Vigente como Persona Física

NOTA.

Los Títulos, Constancias, Diplomas que comprueben conocimientos y experiencia deberán ser de Instituciones Gubernamentales, educativas Públicas y/o reconocidas.

Antes del ingreso de la documentación se deberá realizar con personal del área el cotejo de originales y copias.

PAGOS.

PERSONAS FÍSICAS.

Primer Nivel.

  • $1,948.50

    Expedición de Registro Persona Física Primer Nivel

  • $1,299.50

    Renovación de Registro Persona Física Primer Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

DEL SEGUNDO AL QUINTONIVEL

  • $5,196.00

    Expedición de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel

  • $3,248.00

    Renovación de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

PERSONAS MORALES.

Primer Nivel.

  • $3,248.00

    Expedición de Registro Persona Moral Primer Nivel

  • $1,948.00

    Renovación de Registro Persona Moral Primer Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

DEL SEGUNDO AL QUINTONIVEL

  • $7,793.00

    Expedición de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel

  • $5,196.00

    Renovación de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

Procedimiento

1 Actor: Ciudadano
Acude a la Unidad de Atención Ciudadana a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.

2 Actor: Servidor público
Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.

3 Actor: Servidor público
Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso programa al solicitante para evaluación.

4 Actor: Ciudadano
El solicitante se presenta para evaluación en la fecha programada.

5 Actor: Servidor público
Acude a la Unidad de Atención Ciudadana en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de su evaluación, para recibir la respuesta emitida por el área competente.

Formato(s)

Tiempo de respuesta

15 días hábiles

Información Jurídica

De acuerdo a los fundamentos jurídicos

  • Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal Artículos 16 fracciones XXIV y XXV, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 23 Bis fracción XI.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 119 Bis fracción VII.

Fundamento jurídico del costo

Artículo 258 Fracción IV del Código Fiscal del Distrito Federal.

Plazo máximo de respuesta

15 días hábiles

¿Qué ocurre si no dan respuesta a mi trámite en el plazo establecido?

Afirmativa ficta: procede afirmativa ficta.

Negativa ficta: no procede negativa ficta.

Documento(s) o beneficio(s) a obtener

Autorización Vigencia: 2 año(s).

¿Cuánto cuesta protección civil?

¿Cuánto cuesta protección civil?

Expedición de Dictamen en Materia de Protección Civil (verificación de señalización salidas de emergencia y medidas de seguridad en bienes inmuebles)

¿Requieres un dictamen de las medidas integrales de seguridad para tu negocio, comercio o servicio?

Puedes solicitarlo de manera presencial en el GRANGER . Los documentos necesarios para tu tramite son los siguientes:

  • Documentos necesarios
    Documento requerido Presentación
    Permiso de Uso de Suelo y/o Factibilidad de Uso de Suelo
  • Copia
    Plano arquitectónico, en caso que la solicitud sea un Proyecto a realizar, el cual deberá contar con la firma y No. de Cédula Profesional del D.R.O. (en su caso del Arquitecto o Ingeniero responsable de la obra
  • Original
    En el supuesto en los que los establecimientos comerciales se encuentren en remodelación o modificación, se deberá anexar Plano que fue presentado a la Dirección de Desarrollo Urbano (si no fueron solicitados por Desarrollo Urbano los planos, deberá ingresar un croquis bien definido con la distribución del inmueble, así como sus medidas)
  • Copia
    Presentar para su revisión y aprobación el Programa Interno de Protección Civil, de aquellas dependencias, entidades, instituciones, organismos, establecimientos comerciales, mercantiles, industriales, educativos, servicios, etc., que se encuentren contemplados en el artículo 40 de la Ley General de Protección Civil
  • Original
    Costos
    Concepto Monto
    Giros Industriales

 

Costos de un dictamen de las medidas integrales de seguridad para tu negocio, comercio o servicio:

  • $1,239.51 mxn
    Giros con venta de bebidas de bajo contenido alcohólico en envase cerrado, talleres, comercios, servicios en general y rastros
  • $1,062.70 mxn
    Giros con venta de bebidas de bajo contenido alcohólico en envase abierto, servicios para el entretenimiento, servicio de lavado, servicios para la salud y extracción de materiales
  • $1,062.70 mxn
    Giros con venta de bebidas de alto contenido alcohólico, servicios funerarios, de hospedaje y religiosos
  • $1,151.85 mxn
    Servicios financieros y de crédito
  • $1,062.70 mxn
    Servicio automotriz en general, servicio de recreación, deportivo, comercios y servicios, mástiles y centros de acopio
  • $1,151.85 mxn
    Servicio educativo
  • $886.37 mxn
    Para los giros de alto impacto
  • $1,239.51 mxn

Opciones para realizar tu trámite:

Presencial: Cada Centro de Protección Civil  de tu localidad o olvídate de ir de un lado para otro, Llama a GRANGER Consultores y te ayudamos a poner en regla a tu negocio en materia de protección civil  Zona Metropolitana en CDMX y Estado de México Contamos con todos lo certificados. Cotiza tu tramite Aquí

¿Cómo hacer un dictamen de protección civil?

¿Cómo hacer un dictamen de protección civil?

1. Solicitud por escrito debidamente llenada, que deberá contener entre otros los generales el solicitante y tipo de actividad que pretende desarrollar.

2. Licencia de factibilidad de uso de suelo.

3. Plano general del inmueble e instalaciones.

4. Croquis de ubicación del inmueble.

5. Copia de estudio de impacto ambiental emitido por perito legalmente autorizado en la materia.

6. Copia de estudio de impacto de riesgo/vulnerabilidad emitido por perito legalmente autorizado en la materia.